Pensión no contributiva de incapacidad
Prestación para personas de 18 a 64 años con discapacidad igual o superior al 65 %, residencia suficiente en España y carencia de ingresos en los términos establecidos.
Requisitos generales
Edad
Tener 18 años o más y menos de 65 en la fecha de solicitud.
Discapacidad
Acreditar un grado igual o superior al 65 %.
Residencia
Residir legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años; dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Ingresos
En 2026 existe carencia de ingresos personales cuando son inferiores a 8.803,20 € anuales. Si se convive con familiares, se aplican además los límites de la unidad económica de convivencia.
Cuantías 2026
| Situación | Importe |
|---|---|
| Cuantía íntegra | 8.803,20 €/año · 628,80 € en 14 pagas |
| Mínima del 25 % | 2.200,80 €/año · 157,20 € en 14 pagas |
| Complemento por necesidad de otra persona | 4.401,60 €/año adicionales si se acredita discapacidad ≥75 % y necesidad de ayuda para actos esenciales |
¿Se puede trabajar y cobrar la PNC?
Sí, en determinados supuestos. La actividad debe ser compatible con la discapacidad y no representar un cambio en la capacidad real para el trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Tener un 65 % de discapacidad da derecho automáticamente?
No. También deben cumplirse los requisitos de edad, residencia e ingresos aplicables.
¿Se puede trabajar y seguir cobrando?
Puede existir compatibilidad en determinados supuestos y durante periodos concretos. Hay que revisar ingresos y condiciones antes de darlo por hecho.
¿Dónde se solicita?
La gestión corresponde al órgano competente de la comunidad autónoma; el IMSERSO gestiona directamente Ceuta y Melilla.
¿Es lo mismo que el Ingreso Mínimo Vital?
No. Son prestaciones distintas, con requisitos y cálculos diferentes.
