Comunitat Valenciana · convocatoria 2026 abierta

Productos de apoyo y ayudas técnicas para la discapacidad

Qué productos pueden entrar, qué requisitos exige la convocatoria valenciana 2026 y cómo distinguirla de la prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud.

Convocatoria valenciana 2026: del 3 de septiembre al 2 de octubreLa Resolución de 26 de agosto de 2026 se publicó en el DOGV del 2 de septiembre. El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación. La ayuda puede financiar el 100 % del gasto subvencionable, pero nunca por encima del coste real, del importe solicitado ni del módulo máximo de cada modalidad.

1. Qué es un producto de apoyo

El CEAPAT utiliza el término producto de apoyo para dispositivos, instrumentos, equipos o software que ayudan a optimizar el funcionamiento de una persona y reducir las limitaciones en la actividad o la participación. “Ayuda técnica” es una denominación anterior que sigue utilizándose habitualmente.

El catálogo del CEAPAT es informativo. Que un producto exista en ese catálogo no significa por sí solo que esté financiado por Sanidad o por una subvención concreta.

2. Ayuda valenciana 2026: qué modalidades y cuánto

Tipo de ayuda Módulo máximo 2026
Productos de apoyo para discapacidad física 2.100 €
Productos de apoyo para discapacidad auditiva 1.600 €
Productos de apoyo para discapacidad visual, intelectual o TEA 1.350 €
Comunicación por sistemas alternativos 1.200 €
Adaptación de cuarto de baño 2.800 €
Eliminación de barreras en el interior de la vivienda 4.000 €
Adaptación de vehículo de motor 2.500 €
Transporte para tratamientos o centros asistenciales 6 €/día, máximo 1.440 €/año
Gastos admitidos por fecha: la convocatoria 2026 contempla adquisiciones o actuaciones realizadas entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026, siempre que cumplan el resto de requisitos y se justifiquen correctamente.

3. Requisitos principales

  • Tener la condición legal de persona con discapacidad y residir en la Comunitat Valenciana.
  • Ser menor de 65 años. Para eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y adaptación funcional del hogar, la convocatoria exige ser menor de 60 años.
  • Tener una renta individual o renta per cápita familiar inferior a tres veces el IPREM del ejercicio anterior a la convocatoria, tomando el IPREM anual de 12 mensualidades.
  • Que existan deficiencias de carácter físico, sensorial, intelectual o mental que supongan una pérdida de autonomía.

Los requisitos deben cumplirse antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, con las excepciones administrativas previstas en las bases.

4. Si solicitas transporte, hay requisitos adicionales

  • Tener reconocida la condición de persona con discapacidad con movilidad reducida.
  • No tener reconocido el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
  • No haber obtenido otra beca, subvención o ayuda para el mismo fin.
  • Cuando se trate de asistencia a centros de acción social de la red pública, que el transporte no esté ya financiado por la Conselleria o por el propio centro.

5. TEA, comunicación y tablets: qué dice realmente el catálogo

Discapacidad intelectual o TEA

El catálogo incluye productos de apoyo para actividades básicas de la vida diaria, tecnologías de estimulación sensorial y motriz y tecnologías/dispositivos destinados a personas con discapacidad intelectual o TEA.

CAA y comunicación alternativa

La categoría específica de comunicación alternativa incluye comunicadores, ordenador personal o tablet para personas con discapacidad que presenten problemas específicos de comunicación.

Esto no significa “tablet gratis por tener TEA”. La tablet puede ser subvencionable cuando se solicita como producto de comunicación alternativa y se acredita el problema específico de comunicación conforme a la convocatoria. El módulo máximo de esta categoría es de 1.200 €.

6. Cuántas actuaciones se pueden pedir

Cada persona con discapacidad o su representante puede solicitar como máximo dos actuaciones de las modalidades previstas, siempre que una de ellas sea la ayuda de transporte para tratamientos y centros asistenciales.

7. Cómo se decide quién cobra

La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva, pero utiliza como criterio principal el orden de presentación de las solicitudes con toda la documentación completa y correcta. En caso de empate en día y hora, se atiende primero a la menor renta y, si persiste el empate, al mayor grado de discapacidad.

Consecuencia práctica: no conviene presentar deprisa una solicitud incompleta pensando que “reserva turno”. Lo relevante es la fecha en que la documentación está completa y correcta.

8. Vía sanitaria: prestación ortoprotésica del SNS

Es una vía distinta. La cartera común del Sistema Nacional de Salud incluye productos ortoprotésicos como prótesis externas, sillas de ruedas, ortesis y determinados productos especiales. Para los productos incluidos se exige la indicación y prescripción sanitaria correspondiente según el catálogo y procedimiento autonómico.

No se puede cobrar dos veces por el mismo producto. La convocatoria valenciana excluye los productos incluidos en el catálogo ortoprotésico sanitario cuando la persona cumple los requisitos para recibirlos por esa vía, y también los ya financiados por otra ayuda para el mismo fin.

9. Antes de presentar

  1. Comprueba el producto en el catálogo oficial.
  2. Prepara presupuesto y justificación según la modalidad.
  3. Revisa edad, renta y pérdida de autonomía.
  4. Presenta toda la documentación completa.
  5. Guarda factura, pago y documentación justificativa si la actuación ya se realizó o cuando corresponda justificarla.

Fuentes oficiales

Ayudas relacionadas

Última revisión: 5 de septiembre de 2026. Información contrastada con la Resolución oficial de 26 de agosto de 2026 publicada en el DOGV núm. 10442 de 2 de septiembre de 2026, CEAPAT-IMSERSO y Ministerio de Sanidad.