Actualizado · 2026

Prestación por hijo a cargo con discapacidad

Asignación económica de la Seguridad Social para hijos o menores a cargo con discapacidad. Las cuantías y la forma de pago cambian según la edad y el grado reconocido.

Menor de 18 años con discapacidad ≥33 %: 1.000 € al añoNo se exige límite de recursos económicos en los supuestos de hijo o menor a cargo con discapacidad. Para menores, el pago es semestral, en enero y julio.

Cuantías vigentes

SituaciónCuantíaPago
Menor de 18 años · discapacidad ≥33 %1.000 € al año (83,33 €/mes como equivalencia)Semestral, en enero y julio
18 años o más · discapacidad ≥65 %5.962,80 € al año (496,90 €/mes)Mensual, a mes vencido
18 años o más · discapacidad ≥75 % y necesidad de otra persona para actos esenciales8.942,40 € al año (745,20 €/mes)Mensual, a mes vencido
En el caso de un menor con derecho durante todo el año, los 1.000 € anuales se abonan de forma semestral. Por eso muchas familias lo conocen como “500 € en enero y 500 € en julio”.

Qué requisitos básicos hay

Estar a cargo

El hijo o menor debe convivir y depender económicamente de la persona beneficiaria en los términos de la Seguridad Social.

Grado de discapacidad

Al menos 33 % si es menor de 18 años; para mayores de edad, los tramos principales son 65 % y 75 % con necesidad de tercera persona.

Sin límite de ingresos por discapacidad

La Seguridad Social indica expresamente que no se exige límite de recursos económicos en estos supuestos por tratarse de una persona con discapacidad.

No confundir con IMV o Modelo 143

Es una prestación familiar de la Seguridad Social. El IMV y la deducción por descendiente con discapacidad del IRPF son figuras distintas.

Cómo solicitarla

Descarga el modelo oficial

Usa el formulario específico de “Prestación por hijo a cargo con discapacidad”.

Prepara la documentación

Identificación, acreditación familiar y resolución o certificado de discapacidad, además de lo que corresponda a tu caso.

Presenta ante el INSS

Puede tramitarse por los canales habilitados por la Seguridad Social o en los Centros de Atención e Información.

Guarda el justificante

El reconocimiento produce efectos desde el primer día del trimestre natural siguiente al de la solicitud.

Fuentes oficiales

Revisado el 5 de septiembre de 2026. Comprueba siempre la ficha oficial antes de presentar, especialmente si cambia la edad, el grado de discapacidad o la situación familiar.